Convocatoria NEOTEC 2026 - Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
- Hub de Transferencia Madrid Norte

- 7 abr
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Objetivo:
El objetivo del Programa NEOTEC es el apoyo a la creación y consolidación de empresas de base tecnológica (EBT) cuya actividad se centra en la explotación de productos o servicios que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora.
Plazo de solicitud: 14/04/2026 al 14/05/2026 a las 12:00h
Beneficiarios:
Pequeñas empresas innovadoras
Tres años de antigüedad máximo
Capital social mínimo de 20.000€
Residencia fiscal en España
Presupuesto convocatoria:
20.383.300€.
Reserva presupuestaria mínima de 5.000.000€ destinados a proyectos liderados por mujeres.
Características de la ayuda:
Subvenciones hasta el 70% con un importe máximo de 250.000€ por beneficiario.
Las actuaciones que incluyan la contratación de al menos un doctor, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto con un importe máximo de 325.000€
Posibilidad de acceder a un curso en “Enterprise Innovation Institute” de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU). La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 18.300 euros en las actuaciones que soliciten esta formación, y cumplan los requisitos, indicados en el Anexo II.
Tras dictarse la resolución definitiva, el beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 150.000 euros.
Características del proyecto:
Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.
Presupuesto máximo financiable: 750.000 euros.
Gastos subvencionables:
a) La adquisición de activos fijos, materiales e inmateriales, b) Gastos de personal, c) Materiales, d) Colaboraciones externas/asesorías, e) Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y otros gastos derivados, los gastos de promoción y difusión, así como los gastos de formación, hasta un máximo 10.000 euros, sin incluir los gastos previstos en el Anexo II. También serán elegibles los gastos de viajes hasta un máximo de 8.000 euros, vinculados con actividades de formación, los gastos derivados del informe de auditor requerido en el Anexo V de la presente convocatoria. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 euros.
Plazo de ejecución del proyecto:
Actuaciones anuales o plurianuales
Anuales: deben iniciarse a partir del 1 de enero de 2027, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2027
Duración de dos años: comenzará el 1 de enero del 2027 y finalizará el 31 de diciembre de 2028.
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